Referencias
(1) Es sufragismo fue la primera oleada del movimiento feminista. Se desarrolló principalmente en Inglaterra y en Estados Unidos (finales del siglo XIX – principios del siglo XX). Ver Miyares, 2005.
(2) Sufragistas es una película inglesa de 2015, de la directora Sarah Gavron, protagonizada por Carey Mulligan, Helena Bonham Carter, Anne-Marie Duff, Brendan Gleeson, Ben Whishaw, Natalie Press y Meryl Streep. Ver ficha en: https://www.filmaffinity.com/es/film904562.html
¡Ojo! Clara Campoamor también tiene su propia película (en este caso, un telefilme): Clara Campoamor. La mujer olvidada, de 2011, de la directora Laura Mañá, protagonizada por Elvira Mínguez. Ver ficha en: https://www.filmaffinity.com/es/film113237.html
(3) Como Emily Davison o Mary “la acuchilladora”.
(4) 1888-1972. Nació en Madrid, y pertenecía a una familia humilde, por lo que tuvo que trabajar muy duro para lograr licenciarse. Lo hizo en Derecho, a los 36 años. A partir de 1932, una vez aprobada la Ley de Divorcio, dedicó la mayor parte de su actividad como abogada a este tipo de causas. Varela, 2008, p. 93.
Fue una de las primeras feministas de España. En 1923, antes de terminar la carrera de Derecho, ya intervenía en actos públicos para exponer sus ideas sobre la emancipación de la mujer. Álvarez, 2009, p. 904.
¿Licenciada en Derecho? Sí, Clara pertenecía al reducido grupo de mujeres que habían podido asistir a la universidad, que desde 1910, las admitía como alumnas [Ver (7)]. Álvarez, 2009, p. 910.
(5) El proceso de modernización económica y social fue más tardío en España que en países como Inglaterra, Francia o Alemania. Recién estrenado el siglo XX, en 1900, la agricultura seguía suponiendo más de la mitad de la renta nacional, y casi dos tercios de la población activa seguían dedicándose a las labores del campo. Pérez Garzón, 2011, pág. 163.
(6) El “Sexenio Democrático” (1868-1874) supuso, en primer lugar, el destronamiento y el exilio de la reina Isabel II (de la casa Borbón), tras el triunfo de la Revolución de septiembre, o “La Gloriosa”. Se divide en tres etapas: el Gobierno Provisional (1868-1871), el Reinado de Amadeo I (1871-1873) y la Primera República española, que durará hasta diciembre de 1874, cuando se inicie la etapa conocida como La Restauración borbónica (finalizará el 14 de abril de 1931, cuando se proclame la Segunda República). Ver Bahamonde, 1996.
(7) Los intelectuales más progresistas de la época (Fernando de Castro, Rafael María de Labra, Echegaray, Pi y Margall o Castelar), republicanos e integrantes de la masonería en su mayoría, defendieron el derecho de la mujer, como individuo, a la educación. Pero pensando que esa educación no debía ser para tener voz pública ni trabajar fuera del hogar, sino para ser eficaces educadoras de los hijos, siempre bajo la autoridad del padre. Ellos marcaron el rumbo de esta primera oleada democratizadora en España. Fueron los más abiertos a las corrientes europeas y los que plantearon medidas favorables a la educación de la mujer; como también en la Primera República impulsaron la regulación del trabajo de las mujeres y los niños en las fábricas y en las minas. Como dato curioso, en algunas logias masonas, se dio acceso a las mujeres, que así pudieron tener su primer espacio público para desplegar el librepensamiento. Durante este Sexenio Democrático, también, entraron las primeras mujeres en la enseñanza secundaria y universitaria. Aun así, las cifras seguían siendo muy bajas respecto a Europa. A pesar de las restricciones iniciales de La Restauración monárquica de 1874, esta ola de libertades seguía viva y creciente. Así, en 1900, en secundaria había 5500 alumnas y 51000 varones (la diferencia es abismal), y en estudios universitarios, solo 16 mujeres, que habían logrado matricularse gracias a permisos especiales. En 1910, el Gobierno de Canalejas abrió la matricula en la universidad a las mujeres sin permiso expreso. La sociedad estaba en pleno proceso de desarrollo económico. Ya en 1920, en secundaria había 23.000 alumnas y en 1927, 1724 mujeres estaban matriculadas en la universidad. Pérez Garzón, 2011, pp. 166-168.
(8) En esta España liberal existió una prensa femenina (que no feminista), que expresaba que la mujer empezaba a contar para la sociedad, pero sólo como “el ángel del hogar”. Se preocupaban de la educación de las mujeres de las clases medias, incluso del acceso femenino a ciertos oficios, pero siempre remarcando los peligros demoníacos que anidaban en el sexo femenino, por lo que la ética de la discreción y la educación religiosa se convirtieron en garantías para la conservación y perpetuación del orden patriarcal. La Constitución de 1876 estableció el catolicismo como religión del Estado, por lo que este se superponía a los códigos Civil y Penal, ya de por sí represivos con las mujeres. Esta cultura católica imponía como modelo de mujer a la mismísima Virgen María. Es decir, que se predicaba la sumisión de la mujer, y se proclamaba a los cuatro vientos que ya el cristianismo había realizado la emancipación de las mujeres, ya que todos (mujeres y hombres) eran iguales ante los ojos de Dios. De modo que la mujer se encontraba en su lugar, el feminismo no tenía nada que aportar, porque el cristianismo había establecido desde hacía siglos que a la mujer le bastaba la libertad establecida por el bautismo, que le otorgaba la cualidad de ser la reina en cada casa. A parte de la prensa femenina citada, también se crearon organizaciones caritativas de mujeres de clases altas, que defendían la moral católica en sus tareas de atención a las mujeres. Pérez Garzón, 2011, pp. 169-170.
(9) Conforme avanzaba el proceso de modernización social y económica, surgieron voces alternativas. Mujeres como Ángeles López de Ayala y Amalia Domingo Soler, en Cataluña, impulsaron un feminismo vinculado al librepensamiento de la masonería, defendiendo una enseñanza laica, a la par que la emancipación de las mujeres y la igualdad entre sexos. Por otro lado, dentro del PSOE, se fundó en 1912 la Agrupación Femenina y Socialista, donde cabe destacar el activismo de Virginia González, defendiendo a las trabajadoras dentro del sindicato UGT. En cuanto al anarquismo, Teresa Claramunt creó en 1892 un grupo propiamente feminista: la Sociedad Autónoma de Mujeres de Barcelona. Los anarquistas introdujeron en España la idea del amor libre y de que el matrimonio no podía ser ni indisoluble ni el destino de las mujeres, sino una asociación voluntaria, basada en el amor y en la mutua pasión. Pérez Garzón, 2011, p. 171.
(10) La Asociación Nacional de Mujeres Españolas (ANME), fundada en 1918, lanzó un primer manifiesto “A las mujeres españolas”, que recogía las ideas básicas de las sufragistas europeas. Pérez Garzón, 2011, pp. 172-173.
(11) Además de Clara Campoamor, la asociación fue fundada por Consuelo González Ramos (que usaba como seudónimo “Celsia Regis” y que en 1917 había fundado la revista La Voz de la Mujer), y un grupo de mujeres de clase media, la mayoría de ellas maestras y escritoras, o esposas de intelectuales, como María de Maeztu, Victoria Kent, Elsa Soriano, María Espinosa de los Monteros o Benita Asas. Pérez Garzón, 2011, p. 172.
(12) Además, desde la asociación, se proponía luchar por esa meta como mujeres todas, sin distinciones de clases, pues decían que la discriminación les afectaba a todas, aunque fuese de modo desigual. Ya en 1918 lograron que se les abrieran las puertas de la administración estatal, aunque sólo en la escala más baja (en la de auxiliar). Ahora bien, mientras que la ANME respondía a un feminismo de clases medias y altas, declaradamente católico, aunque nunca sometido a directrices ni eclesiásticas ni de partidos conservadores, en 1918 había surgido también la Unión de Mujeres de España (UME), desde personas cercanas al PSOE (como María Lejárraga), que se declaraba también interclasista como la ANME, pero no confesional. Gracias a ambas iniciativas y a los cambios sociales que se desplegaban, las mujeres incrementaron su peso social. Pérez Garzón, 2011, pp. 173-174.
(13) La ANME, para movilizarse en aras de conseguir el voto femenino, coordinó sus actividades con otras asociaciones de mujeres existentes en Valencia y en Barcelona, cuyo resultado fue la creación del Consejo Supremo Feminista de España, presidido por María Espinosa de los Monteros. En 1920 apoyaron la fundación de la Juventud Universitaria Feminista, en la que destacaron Victoria Kent, Elisa Soriano y nuestra Clara Campoamor. Pérez Garzón, 2011, pp. 173-174.
(14) Se presentó en 1919. Pérez Garzón, 2011, p. 174.
Fue el conservador Burgos Mazo quien presentó este proyecto de ley, que ni siquiera fue debatido. Hubo dos precedentes: en 1877, una tímida y alicorta propuesta por parte de un diputado también conservador, Pidal y Mon, y en 1907, una propuesta del voto femenino pero sólo para las elecciones municipales, por parte de los republicanos. Pérez Garzón, 2011, p. 173.
(15) En 1921 destacaron dos asociaciones (la Cruzada de Mujeres Españolas y la Liga Internacional de Mujeres Ibéricas e Hispanoamericanas), presididas ambas por una destacada integrante de la masonería: la escritora y periodista Carmen de Burgos Seguí (que usaba el seudónimo “Colombine”). Ese mismo año, Carmen Karr, quien desarrolló importantes iniciativas por la igualdad en todos los ámbitos, logró unir en Barcelona a las conservadoras y a las anarquistas en la exigencia del derecho al voto. También tuvo un eco importante la iniciativa del Lyceum Club, formado en 1926, desde el entorno de la Residencia de Señoritas de la Institución Libre de Enseñanza por María de Maeztu y otras destacadas mujeres, como María Lejárraga, Victoria Kent y Elena Fortún (la autora de “Celia”, la serie novelada de considerable éxito). Pérez Garzón, 2011, pp. 174-175.
(16) Fue “Colombine” quien organizó esta primera manifestación de las sufragistas españolas. Pérez Garzón, 2011, p. 174.
(17) La Segunda República española fue el régimen político democrático que se instauró el 14 de abril de 1931 (sustituyendo a la monarquía de Alfonso XIII), hasta 1939, tras tres años de Guerra Civil (1936-1939). Entonces, se impuso la dictadura franquista. Ver López Villaverde, 2017.
Ver Campoamor, 2015, libro que Clara escribió en 1937, desde su exilio.
(18) En el artículo 34 de la Constitución española de 1931 se pude leer: “los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de 23 años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes”. Gracias a esto, en las elecciones generales del 19 de noviembre de 1933, las españolas pudieron votar por primera vez. Pérez Garzón, 2011, p. 175. Varela, 2008, p. 92.
(19) Cabe destacar el empeño decisivo de Clara Campoamor (creadora de la Unión Republicana Femenina), a cuya firme posición se debe, sin duda, que saliera adelante la plenitud de ciudadanía para la mujer con rango de norma constitucional. Pérez Garzón, 2011, p. 175.
Mariana Pineda fue la protagonista de uno de los primeros mítines electorales de Clara Campoamor. Álvarez, 2009, p. 905.
(20) Tras instaurarse la Segunda República, en 1931, el ministro de Gobernación, Miguel Maura, dictó un decreto, el 8 de mayo de 1931, para regular las elecciones para diputados de la Asamblea Constituyente, en el que se aprueba para las mujeres el sufragio pasivo: no podían elegir, pero podían ser elegidas. Pérez Garzón, 2011, p. 175; Varela, 2008, p. 90.
(21) En aquellas elecciones de junio de 1931, de los 470 escaños, sólo tres mujeres obtuvieron el acta de diputadas: nuestra Clara Campoamor (por el Partido Radical), Victoria Kent (por el Partido Radical Socialista) y Margarita Nelken (por el PSOE. Ésta tuvo que esperar a tener la nacionalidad española para incorporarse; lo hizo meses después). Álvarez, 2009, pp. 915-916; Varela, 2008, p. 90.
(22) En los debates parlamentarios Clara resultó determinante para que la Constitución de 1931 no discriminara a las mujeres. Varela, 2008, p. 90.
(23) Las opiniones que el presidente Azaña dejó reflejadas en sus diarios (a fecha del 5 de enero de 1932) sobre Nelken y Campoamor (a la que llama “antipática”), son dignas de leer. En Varela, 2008, p. 90, podéis ver un fragmento.
(24) Os recuerdo: de 470 diputados, sólo tres eran mujeres… Ver (21).
(25) Ver (19) y (22). Además de conceder el voto femenino, otros artículos de la Constitución ampliaron los derechos de la mujer: en el 25 se estableció que el sexo no daba privilegio jurídico a nadie, en el 40 se abrían todos los empleos y profesiones sin discriminación de género, en el 41 se reconocía el matrimonio civil, en el 43 se daba la igualdad de derechos en el matrimonio y en el 46, el Estado obligaba a regular el trabajo de las mujeres y a proteger la maternidad. Por primera vez las mujeres eran reconocidas como ciudadanas, como personas en igualdad, sin sometimiento jerárquico a los hombres. Pérez Garzón, 2011, pp. 175-176.
(26) El 1 de septiembre de 1931 Clara convenció con su discurso, defendiendo el voto femenino, a una mayoría de diputados. Resultado: 161 votos a favor, 121 en contra. Quienes votaron contra el sufragio femenino fueron: Acción Republicana, el Partido Radical Socialista (de Victoria Kent), y el Partido Radical de Clara Campoamor, que no consiguió convencer ni a uno sólo de sus cincuenta compañeros. Votaron a favor los diputados de la derecha, pequeños partidos republicanos y nacionalistas, y parte del PSOE. Álvarez, 2009, p. 923. Pérez Garzón, 2011, p. 175. Varela, 2008, p. 91.
Podéis leer el texto íntegro del discurso de Clara en: https://elpais.com/sociedad/2006/10/01/actualidad/1159653602_850215.html
(27) Victoria Kent (principalmente) y Margarita Nelken, se opusieron al voto femenino, alegando falta de madurez en las españolas (pensaban que ganaría la derecha si las mujeres votaban); que Victoria contradijese a Clara, provocó bastantes burlas entre sus compañeros diputados masculinos. Pérez Garzón, 2011, p. 175; Varela, 2008, p. 91.
(28) La disputa entre Clara y Victoria Kent se centraba en si era o no el momento oportuno para reivindicar el voto femenino. Victoria propuso que se aplazara la concesión del voto a las mujeres, alegando que no era una cuestión de la capacidad de la mujer, sino de oportunidad para la República. Clara replicaba alegando que las mujeres habían demostrado sentido de la responsabilidad social, y que sólo aquellos que creyesen que las mujeres no eran seres humanos, podían negarles la igualdad de derechos con los hombres. Así, advirtió a los diputados de las consecuencias que podría acarrear defraudar las esperanzas que las mujeres habían depositado en la República. Varela, 2008, p. 91.
Ver disputa entre Clara y Vitoria en Álvarez, 2009, pp. 917-923.
(29) Ver (18). Fue una victoria casi personal de Clara Campoamor, aunque alentada por los pequeños grupos de las modernas, intelectuales y sufragistas. No eran muchas, pero sí terriblemente vehementes. Varela, 2008, p. 92.
(30) Todo el mundo culpó de inmediato de lo ocurrido a Clara, quien ni siquiera pudo renovar su escaño. Echarle la culpa del triunfo de la derecha, era, como mínimo, una conclusión superficial. Se trató sobre todo de un problema de estrategia y unidad, como demostraron las elecciones de febrero de 1936, con la vuelta al poder de la izquierda, gracias al triunfo del Frente Popular. Por cierto, cuando el Frente Popular ganó dichas elecciones, en parte gracias al voto femenino, nadie le pidió disculpas a Clara. La propia Clara Campoamor afirmó: “El voto femenino fue, a partir de 1933, la lejía de mejor marca para lavar las torpezas varoniles”. Álvarez, 2009, pp. 926-927; Varela, 2008, p. 93.
(31) Por ejemplo, cuando el general Primo de Rivera quiso contar con ella para la Asamblea Nacional de la dictadura, no dudó en rechazar la propuesta; lo mismo hizo cuando la Academia de Jurisprudencia le concedió la Gran Cruz de Alfonso XII. Años después, el gobierno la nombró directora general de Beneficencia, pero en 1934 abandonó su cargo y su partido (el partido Radical), tras realizar un viaje oficial (a Asturias) y contemplar los efectos de la brutal represión de la Revolución de Asturias (de 1934), ordenada por el gobierno al que representaba. Álvarez, 2009, pp.927-930; Varela, 2008, p. 93.
(32) Fue aprobada en marzo de 1932, avalada por el católico Alcalá Zamora, presidente de la República, siendo una de las más progresistas de Europa. Esta ley reguló el divorcio por mutuo consentimiento y otorgó los mismos derechos a los hijos ilegítimos. Aunque apenas 8.000 matrimonios se acogieron al divorcio en Madrid (y prácticamente nadie en la enorme España agraria), la derecha más reaccionaria y la jerarquía católica usaron la ley para propagar que era el fin de la familia y la disolución de la sociedad, pues instauraba el libertinaje. Pérez Garzón, 2011, p. 176; Varela, 2008, p. 94.
(33) Ver (4). El tema de la mujer será una constante en la actividad académica, política y jurídica de Clara. Álvarez, 2009, p. 908.
(34) La Guerra Civil española estalló tras el fracaso del golpe de estado del 17 y 18 de julio de 1936, llevado a cabo por una parte del Ejército contra el Gobierno de la Segunda República. Se prolongó hasta 1939, resolviéndose con la victoria del bando sublevado (o bando nacional, es decir, los golpistas), y la imposición de la Dictadura franquista, con el consiguiente nombramiento de Francisco Franco como generalísimo y jefe del Gobierno del Estado. La dictadura estuvo vigente hasta la muerte de Franco, el 20 de noviembre de 1975. Ver Graham, 2013 y Martínez Rus, 2014.
(35) Varela, 2008, p. 94. Ver (8).
(36) Murió en 1972, en Lausana (Suiza). Álvarez, 2009, p. 902 y Varela, 2008, p. 93.
Clara Campoamor tiene abierto un expediente de pertenencia a la masonería en el Archivo de Salamanca. Sin embargo, no existe ninguna prueba de su pertenencia a ésta. De hecho, no se le hizo ningún proceso ni se le condenó. Álvarez, 2009, p. 933.
Ya fuera de España, pasó su tiempo viajando por Europa y colaborando en el despacho de abogados de su amiga Antoinette Quinche, la cual le hace más llevadera su vida en Suiza. No dejó de asistir a reuniones de asociaciones femeninas. Siempre añoró España, pero nunca pudo regresar. Murió víctima de un cáncer y sus restos reposan en el cementerio de Polloe, en San Sebastián. Álvarez, 2009, pp. 934-936.
(37) Durante la Guerra Civil, el papel de las milicianas en la zona republicana y el activismo de las mujeres, en general, en todos los ámbitos de la lucha contra el fascismo, fue muy destacado. Tanto fue así, que las mujeres, al igual que los hombres, también sufrieron después los fusilamientos, la cárcel y el exilio, impuestos por una dictadura que, desde 1936, comenzó a yugular los avances impulsados por la República. Sin embargo, fueron las necesidades bélicas las que obligaron a aceptar ese protagonismo de la mujer (no es que se cambiasen los papeles asignados por sexos de la noche a la mañana). Pérez Garzón, 2011, pp. 177-178.
Ver Bussy Genevois, 2000, pp. 227-246, para ver la evolución (y decadencia) de las mujeres desde la República hasta el franquismo.
(38) También marcharon al exilio Rosa Chacel, Elena Fortún, Dolores Ibárruri (La Pasionaria), Victoria Kent, María Lejárraga, María Teresa León, María de Maeztu, Federica Montseny, Margarita Nelken, María Zambrano… Varela, 2008, p. 94.
(39) La derrota de la República truncó todos los planes femeninos, aunque se debe tener en cuenta que la realidad socioeconómica mantuvo exigencias de educación para las mujeres, y también el empuje hacia su entrada en el mercado laboral. Las mujeres accedían a trabajos siempre auxiliares, para reforzar la economía familiar, y con muy limitadas opciones profesionales. El analfabetismo se situaba aún, en los años treinta, en el 60% de las mujeres. Durante los años cuarenta y cincuenta, la presión de las mujeres por acceder a los estudios se mantuvo constante (demostrando la fuerza del proceso de transformación social por encima de las decisiones políticas de la dictadura).
En cuanto a los avances que los sublevados tiraron por tierra, ya en septiembre de 1936 suprimieron la escolaridad mixta; en marzo de 1938, prohibieron a las mujeres casadas el trabajo y el ejercicio de profesiones liberales. Abolieron el matrimonio civil y el divorcio (con lo que esto implicó para las parejas que lo habían consumado). La Dictadura franquista volvió al Código Civil de 1889, que sometía a la mujer al poder patriarcal, porque “las mujeres nunca descubren nada. Les falta, desde luego, el talante creador, reservado por Dios para inteligencias varoniles”, según proclamaba Pilar Primo de Rivera, jefa nacional de la Sección Femenina, desde 1937. Entre 1941 y 1946, la dictadura volvió a incluir en el Código Penal el adulterio, el concubinato y el aborto, como graves delitos, pero la prostitución, en contrapartida, se legalizó. (Eso sí, cuando un marido mataba a su mujer, sólo se castigaba con pena de destierro). La mayoría de edad subió a los 25 años para las mujeres, y como la religión católica volvió a ser la oficial y exclusiva del Estado, se hizo del dogma y de la moral católica el fundamento de todo sistema educativo.
Pero el proceso de transformaciones propias de una sociedad industrial, exigió en los años cincuenta y sesenta que se abriesen de nuevo las vías de acceso de las mujeres a la educación y al mercado laboral. Por lo tanto, se desplegaron los nuevos valores sociales que dieron soporte a la Transición. Pérez Garzón, 2011, pp. 177-179.
(40) La Transición española supuso el paso de la Dictadura franquista a un régimen democrático (el actual). España empezó a regirse por nuestra actual Constitución (aprobada en 1978). Ver Chaput y Pérez Serrano, 2015.
Bibliografía
- Álvarez, M.T., 2009, Ellas mismas. Mujeres que han hecho historia contra viento y marea, [En línea] Disponible en: https://s2c07ac490348b441.jimcontent.com/download/version/1415317018/module/9506427260/name/Ellas%20mismas.%20Mujeres%20que%20han%20hecho%20historia-%20Maria%20Teresa%20Alvarez.pdf (11 de diciembre de 2017).
- Bahamonde, A., 1996, España en democracia. El Sexenio, 1868-1874, Historia 16-Temas de Hoy, Madrid.
- Bussy Genevois, D., 2000, “Mujeres de España: de la República al franquismo”, Duby, G. y Perrot, M. (Dir.), Historia de las Mujeres en Occidente. Vol. V: el siglo XX, pp. 227-246, Taurus Minor / Santillana, Madrid.
- Campoamor, C., 2015, La Revolución Española vista por una republicana. [En línea] Disponible en: http://bibliotecafeminista.com/396/ (12 de diciembre de 2017).
- Chaput, M. C. y Pérez Serrano, J. (ed.), 2015, La transición española. Nuevos enfoques para un viejo debate, Biblioteca Nueva, Madrid.
- Graham, H., 2013, Breve Historia de la Guerra Civil, Editorial Planeta, Barcelona.
- López Villaverde, A.L., 2017, La Segunda República (1931-1936): Las claves para la primera democracia española del siglo XX, Sílex Ediciones, Madrid.
- Martínez Rus, A., 2014, “Mujeres y Guerra Civil: un balance historiográfico”, Studia histórica. Historia contemporánea, nº 32 (Ejemplar dedicado a la Guerra Civil), pp. 333-343.
- Miyares, A., 2005, “Sufragismo”, Amorós, C. (coord.), Teoría Feminista: de la Ilustración a la Globalización. Vol. 1, pp. 245-294, Editorial Minerva, Madrid.
- Pérez Garzón, J. S., 2011, Historia del Feminismo, La Catarata, Madrid.
- Varela, N., 2008, Feminismo para principiantes, Ediciones B, Barcelona.